GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ

COORDINACIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL

UNIDAD ADMINISTRATIVA

 

OFICIO N° UA/2365/2002

ASUNTO: NOTIFICACIÓN DE FALLO

Xalapa, Ver., a 17 de octubre de 2002.

ESPECTACULARES EXYME, S. A. DE C. V.

P R E S E N T E

 

En cumplimiento a lo dispuesto en el Dictamen emitido por el Subcomité de Adquisiciones y Obras públicas de la Coordinación General de Comunicación Social para la Licitación Simplificada N° LS-GEV/CGCS/0011/2002, relativa a la “Contratación de Impresiones de Espectaculares y Parabuses” para esta Coordinación General, y con apego en lo dispuesto en el Articulo 47 Fracción V de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Administración de los Bienes Muebles del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz-Llave, me permito hacer de su conocimiento el fallo emitido por el referido Subcomité, cuyos resolutivos son los siguientes:

 

“Una vez evaluadas las ofertas técnicas y económicas de las empresas participantes, se determina lo siguiente:

 

En relación a la partida Nº 1:

 

A)       A la empresa VIMAC-XA, S.A. DE C.V., se le adjudica la partida 1 por un monto de $335,910.40 (Trescientos treinta y cinco mil novecientos diez pesos 40/100 M.N.) incluyendo el impuesto al valor agregado, en virtud de que su propuesta cumple satisfactoriamente con las especificaciones técnicas requeridas por la convocante mostrando calidad y experiencia en sus trabajos; presentando la oferta más conveniente para el interés del Estado.

 

B)      A la empresa MBF PUBLICIDAD, S.A. DE C.V., no se le adjudica las impresiones solicitadas en la partida 1 en virtud de que su propuesta no conviene al interés del estado debido a que su importe es de $425,040.00, incluyendo el impuesto al valor agregado. Se hace mención de que su propuesta técnica cumple con las especificaciones requeridas por la convocante, mostrando calidad y experiencia en sus trabajos presentados.

 

En relación a las partidas Nº 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11:

 

C)      A la empresa MBF PUBLICIDAD, S.A. DE C.V., se le adjudica las partidas 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 por un monto de $158,936.90 (Ciento cincuenta y ocho mil novecientos treinta y seis pesos 90/100 M.N.) incluyendo el impuesto al valor agregado, en virtud de que su propuesta cumple satisfactoriamente con las especificaciones técnicas requeridas por la convocante mostrando calidad y experiencia en sus trabajos; presentando la oferta más conveniente para el interés del Estado.

 

D)      A la empresa VIMAC-XA, S.A. DE C.V. no se le adjudica las impresiones solicitadas en las partidas 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 en virtud de que su propuesta no conviene al interés del estado debido a que su importe es de $497,950.91, incluyendo el impuesto al valor agregado. Se hace mención de que su propuesta técnica cumple con las especificaciones requeridas por la convocante, mostrando calidad y experiencia en sus trabajos presentados.

 

Las empresas ESPECTACULARES EXYME, S.A. DE C.V. y CENTRAL DE ACTIVOS PUBLICITARIOS, S.A. DE C.V. quedan descalificadas al no cumplir con los requisitos estipulados en las bases de la presente licitación, la primera al no haber presentado su propuesta económica de conformidad con lo dispuesto en la fracciones I y III de la base décima primera y la segunda al no presentar su propuesta económica en disco flexible de 3.5” de conformidad con lo previsto en la base décima segunda.

 

Se apercibe a las empresas ganadoras a que concurran a la firma del Contrato, dentro del término de cinco días hábiles contados a partir del día de la notificación del fallo.

 

Así lo dictaminaron y proveyeron los integrantes del subcomité formado para la Licitación Simplificada No. LS-GEV/CGCS/0011/2002.”.

 

 

 

 

C.P. RODOLFO OLMOS BLANCO

TITULAR DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA  Y

PRESIDENTE DEL SUBCOMITE DE ADQUISICIONES


GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ

COORDINACIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL

UNIDAD ADMINISTRATIVA

 

OFICIO N° UA/2366/2002

ASUNTO: NOTIFICACIÓN DE FALLO

Xalapa, Ver., a 17 de octubre de 2002.

 

CENTRAL DE ACTIVOS PUBLICITARIOS, S. A. DE C. V.

P R E S E N T E

 

En cumplimiento a lo dispuesto en el Dictamen emitido por el Subcomité de Adquisiciones y Obras públicas de la Coordinación General de Comunicación Social para la Licitación Simplificada N° LS-GEV/CGCS/0011/2002, relativa a la “Contratación de Impresiones de Espectaculares y Parabuses” para esta Coordinación General, y con apego en lo dispuesto en el Articulo 47 Fracción V de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Administración de los Bienes Muebles del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz-Llave, me permito hacer de su conocimiento el fallo emitido por el referido Subcomité, cuyos resolutivos son los siguientes:

 

“Una vez evaluadas las ofertas técnicas y económicas de las empresas participantes, se determina lo siguiente:

 

En relación a la partida Nº 1:

 

A)       A la empresa VIMAC-XA, S.A. DE C.V., se le adjudica la partida 1 por un monto de $335,910.40 (Trescientos treinta y cinco mil novecientos diez pesos 40/100 M.N.) incluyendo el impuesto al valor agregado, en virtud de que su propuesta cumple satisfactoriamente con las especificaciones técnicas requeridas por la convocante mostrando calidad y experiencia en sus trabajos; presentando la oferta más conveniente para el interés del Estado.

 

B)      A la empresa MBF PUBLICIDAD, S.A. DE C.V., no se le adjudica las impresiones solicitadas en la partida 1 en virtud de que su propuesta no conviene al interés del estado debido a que su importe es de $425,040.00, incluyendo el impuesto al valor agregado. Se hace mención de que su propuesta técnica cumple con las especificaciones requeridas por la convocante, mostrando calidad y experiencia en sus trabajos presentados.

 

En relación a las partidas Nº 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11:

 

C)      A la empresa MBF PUBLICIDAD, S.A. DE C.V., se le adjudica las partidas 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 por un monto de $158,936.90 (Ciento cincuenta y ocho mil novecientos treinta y seis pesos 90/100 M.N.) incluyendo el impuesto al valor agregado, en virtud de que su propuesta cumple satisfactoriamente con las especificaciones técnicas requeridas por la convocante mostrando calidad y experiencia en sus trabajos; presentando la oferta más conveniente para el interés del Estado.

 

D)      A la empresa VIMAC-XA, S.A. DE C.V. no se le adjudica las impresiones solicitadas en las partidas 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 en virtud de que su propuesta no conviene al interés del estado debido a que su importe es de $497,950.91, incluyendo el impuesto al valor agregado. Se hace mención de que su propuesta técnica cumple con las especificaciones requeridas por la convocante, mostrando calidad y experiencia en sus trabajos presentados.

 

Las empresas ESPECTACULARES EXYME, S.A. DE C.V. y CENTRAL DE ACTIVOS PUBLICITARIOS, S.A. DE C.V. quedan descalificadas al no cumplir con los requisitos estipulados en las bases de la presente licitación, la primera al no haber presentado su propuesta económica de conformidad con lo dispuesto en la fracciones I y III de la base décima primera y la segunda al no presentar su propuesta económica en disco flexible de 3.5” de conformidad con lo previsto en la base décima segunda.

 

Se apercibe a las empresas ganadoras a que concurran a la firma del Contrato, dentro del término de cinco días hábiles contados a partir del día de la notificación del fallo.

 

Así lo dictaminaron y proveyeron los integrantes del subcomité formado para la Licitación Simplificada No. LS-GEV/CGCS/0011/2002.”.

 

 

 

 

C.P. RODOLFO OLMOS BLANCO

TITULAR DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA  Y

PRESIDENTE DEL SUBCOMITE DE ADQUISICIONES


GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ

COORDINACIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL

UNIDAD ADMINISTRATIVA

 

OFICIO N° UA/2364/2002

ASUNTO: NOTIFICACIÓN DE FALLO

Xalapa, Ver., a 17 de octubre de 2002.

VIMAC-XA, S. A. DE C. V.

P R E S E N T E

 

En cumplimiento a lo dispuesto en el Dictamen emitido por el Subcomité de Adquisiciones y Obras públicas de la Coordinación General de Comunicación Social para la Licitación Simplificada N° LS-GEV/CGCS/0011/2002, relativa a la “Contratación de Impresiones de Espectaculares y Parabuses” para esta Coordinación General, y con apego en lo dispuesto en el Articulo 47 Fracción V de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Administración de los Bienes Muebles del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz-Llave, me permito hacer de su conocimiento el fallo emitido por el referido Subcomité, cuyos resolutivos son los siguientes:

 

“Una vez evaluadas las ofertas técnicas y económicas de las empresas participantes, se determina lo siguiente:

 

En relación a la partida Nº 1:

 

A)       A la empresa VIMAC-XA, S.A. DE C.V., se le adjudica la partida 1 por un monto de $335,910.40 (Trescientos treinta y cinco mil novecientos diez pesos 40/100 M.N.) incluyendo el impuesto al valor agregado, en virtud de que su propuesta cumple satisfactoriamente con las especificaciones técnicas requeridas por la convocante mostrando calidad y experiencia en sus trabajos; presentando la oferta más conveniente para el interés del Estado.

 

B)      A la empresa MBF PUBLICIDAD, S.A. DE C.V., no se le adjudica las impresiones solicitadas en la partida 1 en virtud de que su propuesta no conviene al interés del estado debido a que su importe es de $425,040.00, incluyendo el impuesto al valor agregado. Se hace mención de que su propuesta técnica cumple con las especificaciones requeridas por la convocante, mostrando calidad y experiencia en sus trabajos presentados.

 

En relación a las partidas Nº 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11:

 

C)      A la empresa MBF PUBLICIDAD, S.A. DE C.V., se le adjudica las partidas 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 por un monto de $158,936.90 (Ciento cincuenta y ocho mil novecientos treinta y seis pesos 90/100 M.N.) incluyendo el impuesto al valor agregado, en virtud de que su propuesta cumple satisfactoriamente con las especificaciones técnicas requeridas por la convocante mostrando calidad y experiencia en sus trabajos; presentando la oferta más conveniente para el interés del Estado.

 

D)      A la empresa VIMAC-XA, S.A. DE C.V. no se le adjudica las impresiones solicitadas en las partidas 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 en virtud de que su propuesta no conviene al interés del estado debido a que su importe es de $497,950.91, incluyendo el impuesto al valor agregado. Se hace mención de que su propuesta técnica cumple con las especificaciones requeridas por la convocante, mostrando calidad y experiencia en sus trabajos presentados.

 

Las empresas ESPECTACULARES EXYME, S.A. DE C.V. y CENTRAL DE ACTIVOS PUBLICITARIOS, S.A. DE C.V. quedan descalificadas al no cumplir con los requisitos estipulados en las bases de la presente licitación, la primera al no haber presentado su propuesta económica de conformidad con lo dispuesto en la fracciones I y III de la base décima primera y la segunda al no presentar su propuesta económica en disco flexible de 3.5” de conformidad con lo previsto en la base décima segunda.

 

Se apercibe a las empresas ganadoras a que concurran a la firma del Contrato, dentro del término de cinco días hábiles contados a partir del día de la notificación del fallo.

 

Así lo dictaminaron y proveyeron los integrantes del subcomité formado para la Licitación Simplificada No. LS-GEV/CGCS/0011/2002.”.

 

 

 

 

C.P. RODOLFO OLMOS BLANCO

TITULAR DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA  Y

PRESIDENTE DEL SUBCOMITE DE ADQUISICIONES


GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ

COORDINACIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL

UNIDAD ADMINISTRATIVA

 

OFICIO N° UA/2363/2002

ASUNTO: NOTIFICACIÓN DE FALLO

Xalapa, Ver., a 17 de octubre de 2002.

MBF PUBLICIDAD, S. A. DE C. V.

P R E S E N T E

 

En cumplimiento a lo dispuesto en el Dictamen emitido por el Subcomité de Adquisiciones y Obras públicas de la Coordinación General de Comunicación Social para la Licitación Simplificada N° LS-GEV/CGCS/0011/2002, relativa a la “Contratación de Impresiones de Espectaculares y Parabuses” para esta Coordinación General, y con apego en lo dispuesto en el Articulo 47 Fracción V de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Administración de los Bienes Muebles del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz-Llave, me permito hacer de su conocimiento el fallo emitido por el referido Subcomité, cuyos resolutivos son los siguientes:

 

“Una vez evaluadas las ofertas técnicas y económicas de las empresas participantes, se determina lo siguiente:

 

En relación a la partida Nº 1:

 

A)       A la empresa VIMAC-XA, S.A. DE C.V., se le adjudica la partida 1 por un monto de $335,910.40 (Trescientos treinta y cinco mil novecientos diez pesos 40/100 M.N.) incluyendo el impuesto al valor agregado, en virtud de que su propuesta cumple satisfactoriamente con las especificaciones técnicas requeridas por la convocante mostrando calidad y experiencia en sus trabajos; presentando la oferta más conveniente para el interés del Estado.

 

B)      A la empresa MBF PUBLICIDAD, S.A. DE C.V., no se le adjudica las impresiones solicitadas en la partida 1 en virtud de que su propuesta no conviene al interés del estado debido a que su importe es de $425,040.00, incluyendo el impuesto al valor agregado. Se hace mención de que su propuesta técnica cumple con las especificaciones requeridas por la convocante, mostrando calidad y experiencia en sus trabajos presentados.

 

En relación a las partidas Nº 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11:

 

C)      A la empresa MBF PUBLICIDAD, S.A. DE C.V., se le adjudica las partidas 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 por un monto de $158,936.90 (Ciento cincuenta y ocho mil novecientos treinta y seis pesos 90/100 M.N.) incluyendo el impuesto al valor agregado, en virtud de que su propuesta cumple satisfactoriamente con las especificaciones técnicas requeridas por la convocante mostrando calidad y experiencia en sus trabajos; presentando la oferta más conveniente para el interés del Estado.

 

D)      A la empresa VIMAC-XA, S.A. DE C.V. no se le adjudica las impresiones solicitadas en las partidas 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 en virtud de que su propuesta no conviene al interés del estado debido a que su importe es de $497,950.91, incluyendo el impuesto al valor agregado. Se hace mención de que su propuesta técnica cumple con las especificaciones requeridas por la convocante, mostrando calidad y experiencia en sus trabajos presentados.

 

Las empresas ESPECTACULARES EXYME, S.A. DE C.V. y CENTRAL DE ACTIVOS PUBLICITARIOS, S.A. DE C.V. quedan descalificadas al no cumplir con los requisitos estipulados en las bases de la presente licitación, la primera al no haber presentado su propuesta económica de conformidad con lo dispuesto en la fracciones I y III de la base décima primera y la segunda al no presentar su propuesta económica en disco flexible de 3.5” de conformidad con lo previsto en la base décima segunda.

 

Se apercibe a las empresas ganadoras a que concurran a la firma del Contrato, dentro del término de cinco días hábiles contados a partir del día de la notificación del fallo.

 

Así lo dictaminaron y proveyeron los integrantes del subcomité formado para la Licitación Simplificada No. LS-GEV/CGCS/0011/2002.”.

 

 

 

 

C.P. RODOLFO OLMOS BLANCO

TITULAR DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA  Y

PRESIDENTE DEL SUBCOMITE DE ADQUISICIONES


GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ

COORDINACIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL

UNIDAD ADMINISTRATIVA

 

OFICIO N° UA/2361/2002

ASUNTO: NOTIFICACIÓN DE FALLO

Xalapa, Ver., a 17 de octubre de 2002.

L.A.E. JOSE ANTULIO VALDEZ CASTELAN

Jefe del Depto. de Recursos Financieros

P R E S E N T E

 

En cumplimiento a lo dispuesto en el Dictamen emitido por el Subcomité de Adquisiciones y Obras públicas de la Coordinación General de Comunicación Social para la Licitación Simplificada N° LS-GEV/CGCS/0011/2002, relativa a la “Contratación de Impresiones de Espectaculares y Parabuses” para esta Coordinación General, y con apego en lo dispuesto en el Articulo 47 Fracción V de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Administración de los Bienes Muebles del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz-Llave, me permito hacer de su conocimiento el fallo emitido por el referido Subcomité, cuyos resolutivos son los siguientes:

 

“Una vez evaluadas las ofertas técnicas y económicas de las empresas participantes, se determina lo siguiente:

 

En relación a la partida Nº 1:

 

A)       A la empresa VIMAC-XA, S.A. DE C.V., se le adjudica la partida 1 por un monto de $335,910.40 (Trescientos treinta y cinco mil novecientos diez pesos 40/100 M.N.) incluyendo el impuesto al valor agregado, en virtud de que su propuesta cumple satisfactoriamente con las especificaciones técnicas requeridas por la convocante mostrando calidad y experiencia en sus trabajos; presentando la oferta más conveniente para el interés del Estado.

 

B)      A la empresa MBF PUBLICIDAD, S.A. DE C.V., no se le adjudica las impresiones solicitadas en la partida 1 en virtud de que su propuesta no conviene al interés del estado debido a que su importe es de $425,040.00, incluyendo el impuesto al valor agregado. Se hace mención de que su propuesta técnica cumple con las especificaciones requeridas por la convocante, mostrando calidad y experiencia en sus trabajos presentados.

 

En relación a las partidas Nº 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11:

 

C)      A la empresa MBF PUBLICIDAD, S.A. DE C.V., se le adjudica las partidas 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 por un monto de $158,936.90 (Ciento cincuenta y ocho mil novecientos treinta y seis pesos 90/100 M.N.) incluyendo el impuesto al valor agregado, en virtud de que su propuesta cumple satisfactoriamente con las especificaciones técnicas requeridas por la convocante mostrando calidad y experiencia en sus trabajos; presentando la oferta más conveniente para el interés del Estado.

 

D)      A la empresa VIMAC-XA, S.A. DE C.V. no se le adjudica las impresiones solicitadas en las partidas 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 en virtud de que su propuesta no conviene al interés del estado debido a que su importe es de $497,950.91, incluyendo el impuesto al valor agregado. Se hace mención de que su propuesta técnica cumple con las especificaciones requeridas por la convocante, mostrando calidad y experiencia en sus trabajos presentados.

 

Las empresas ESPECTACULARES EXYME, S.A. DE C.V. y CENTRAL DE ACTIVOS PUBLICITARIOS, S.A. DE C.V. quedan descalificadas al no cumplir con los requisitos estipulados en las bases de la presente licitación, la primera al no haber presentado su propuesta económica de conformidad con lo dispuesto en la fracciones I y III de la base décima primera y la segunda al no presentar su propuesta económica en disco flexible de 3.5” de conformidad con lo previsto en la base décima segunda.

 

Se apercibe a las empresas ganadoras a que concurran a la firma del Contrato, dentro del término de cinco días hábiles contados a partir del día de la notificación del fallo.

 

Así lo dictaminaron y proveyeron los integrantes del subcomité formado para la Licitación Simplificada No. LS-GEV/CGCS/0011/2002.”.

 

 

 

 

C.P. RODOLFO OLMOS BLANCO

TITULAR DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA  Y

PRESIDENTE DEL SUBCOMITE DE ADQUISICIONES


GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ

COORDINACIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL

UNIDAD ADMINISTRATIVA

 

OFICIO N° UA/2362/2002

ASUNTO: NOTIFICACIÓN DE FALLO

Xalapa, Ver., a 17 de octubre de 2002.

 

C.P. FRANCISCO SALVADOR TORRES PERALTA

Presidente del Colegio de Contadores Públicos de Xalapa, A.C.

P R E S E N T E

 

En cumplimiento a lo dispuesto en el Dictamen emitido por el Subcomité de Adquisiciones y Obras públicas de la Coordinación General de Comunicación Social para la Licitación Simplificada N° LS-GEV/CGCS/0011/2002, relativa a la “Contratación de Impresiones de Espectaculares y Parabuses” para esta Coordinación General, y con apego en lo dispuesto en el Articulo 47 Fracción V de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Administración de los Bienes Muebles del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz-Llave, me permito hacer de su conocimiento el fallo emitido por el referido Subcomité, cuyos resolutivos son los siguientes:

 

“Una vez evaluadas las ofertas técnicas y económicas de las empresas participantes, se determina lo siguiente:

 

En relación a la partida Nº 1:

 

A)       A la empresa VIMAC-XA, S.A. DE C.V., se le adjudica la partida 1 por un monto de $335,910.40 (Trescientos treinta y cinco mil novecientos diez pesos 40/100 M.N.) incluyendo el impuesto al valor agregado, en virtud de que su propuesta cumple satisfactoriamente con las especificaciones técnicas requeridas por la convocante mostrando calidad y experiencia en sus trabajos; presentando la oferta más conveniente para el interés del Estado.

 

B)      A la empresa MBF PUBLICIDAD, S.A. DE C.V., no se le adjudica las impresiones solicitadas en la partida 1 en virtud de que su propuesta no conviene al interés del estado debido a que su importe es de $425,040.00, incluyendo el impuesto al valor agregado. Se hace mención de que su propuesta técnica cumple con las especificaciones requeridas por la convocante, mostrando calidad y experiencia en sus trabajos presentados.

 

En relación a las partidas Nº 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11:

 

C)      A la empresa MBF PUBLICIDAD, S.A. DE C.V., se le adjudica las partidas 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 por un monto de $158,936.90 (Ciento cincuenta y ocho mil novecientos treinta y seis pesos 90/100 M.N.) incluyendo el impuesto al valor agregado, en virtud de que su propuesta cumple satisfactoriamente con las especificaciones técnicas requeridas por la convocante mostrando calidad y experiencia en sus trabajos; presentando la oferta más conveniente para el interés del Estado.

 

D)      A la empresa VIMAC-XA, S.A. DE C.V. no se le adjudica las impresiones solicitadas en las partidas 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 en virtud de que su propuesta no conviene al interés del estado debido a que su importe es de $497,950.91, incluyendo el impuesto al valor agregado. Se hace mención de que su propuesta técnica cumple con las especificaciones requeridas por la convocante, mostrando calidad y experiencia en sus trabajos presentados.

 

Las empresas ESPECTACULARES EXYME, S.A. DE C.V. y CENTRAL DE ACTIVOS PUBLICITARIOS, S.A. DE C.V. quedan descalificadas al no cumplir con los requisitos estipulados en las bases de la presente licitación, la primera al no haber presentado su propuesta económica de conformidad con lo dispuesto en la fracciones I y III de la base décima primera y la segunda al no presentar su propuesta económica en disco flexible de 3.5” de conformidad con lo previsto en la base décima segunda.

 

Se apercibe a las empresas ganadoras a que concurran a la firma del Contrato, dentro del término de cinco días hábiles contados a partir del día de la notificación del fallo.

 

Así lo dictaminaron y proveyeron los integrantes del subcomité formado para la Licitación Simplificada No. LS-GEV/CGCS/0011/2002.”.

 

 

 

 

C.P. RODOLFO OLMOS BLANCO

TITULAR DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA  Y

PRESIDENTE DEL SUBCOMITE DE ADQUISICIONES


GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ

COORDINACIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL

UNIDAD ADMINISTRATIVA

 

OFICIO N° UA/2360/2002

ASUNTO: NOTIFICACIÓN DE FALLO

Xalapa, Ver., a 17 de octubre de 2002.

L.A.E. ALEJANDRO AMIN SARQUIS RAMÍREZ

Contralor Interno de la C.G.C.S.

P R E S E N T E

 

En cumplimiento a lo dispuesto en el Dictamen emitido por el Subcomité de Adquisiciones y Obras públicas de la Coordinación General de Comunicación Social para la Licitación Simplificada N° LS-GEV/CGCS/0011/2002, relativa a la “Contratación de Impresiones de Espectaculares y Parabuses” para esta Coordinación General, y con apego en lo dispuesto en el Articulo 47 Fracción V de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Administración de los Bienes Muebles del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz-Llave, me permito hacer de su conocimiento el fallo emitido por el referido Subcomité, cuyos resolutivos son los siguientes:

 

“Una vez evaluadas las ofertas técnicas y económicas de las empresas participantes, se determina lo siguiente:

 

En relación a la partida Nº 1:

 

A)       A la empresa VIMAC-XA, S.A. DE C.V., se le adjudica la partida 1 por un monto de $335,910.40 (Trescientos treinta y cinco mil novecientos diez pesos 40/100 M.N.) incluyendo el impuesto al valor agregado, en virtud de que su propuesta cumple satisfactoriamente con las especificaciones técnicas requeridas por la convocante mostrando calidad y experiencia en sus trabajos; presentando la oferta más conveniente para el interés del Estado.

 

B)      A la empresa MBF PUBLICIDAD, S.A. DE C.V., no se le adjudica las impresiones solicitadas en la partida 1 en virtud de que su propuesta no conviene al interés del estado debido a que su importe es de $425,040.00, incluyendo el impuesto al valor agregado. Se hace mención de que su propuesta técnica cumple con las especificaciones requeridas por la convocante, mostrando calidad y experiencia en sus trabajos presentados.

 

En relación a las partidas Nº 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11:

 

C)      A la empresa MBF PUBLICIDAD, S.A. DE C.V., se le adjudica las partidas 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 por un monto de $158,936.90 (Ciento cincuenta y ocho mil novecientos treinta y seis pesos 90/100 M.N.) incluyendo el impuesto al valor agregado, en virtud de que su propuesta cumple satisfactoriamente con las especificaciones técnicas requeridas por la convocante mostrando calidad y experiencia en sus trabajos; presentando la oferta más conveniente para el interés del Estado.

 

D)      A la empresa VIMAC-XA, S.A. DE C.V. no se le adjudica las impresiones solicitadas en las partidas 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 en virtud de que su propuesta no conviene al interés del estado debido a que su importe es de $497,950.91, incluyendo el impuesto al valor agregado. Se hace mención de que su propuesta técnica cumple con las especificaciones requeridas por la convocante, mostrando calidad y experiencia en sus trabajos presentados.

 

Las empresas ESPECTACULARES EXYME, S.A. DE C.V. y CENTRAL DE ACTIVOS PUBLICITARIOS, S.A. DE C.V. quedan descalificadas al no cumplir con los requisitos estipulados en las bases de la presente licitación, la primera al no haber presentado su propuesta económica de conformidad con lo dispuesto en la fracciones I y III de la base décima primera y la segunda al no presentar su propuesta económica en disco flexible de 3.5” de conformidad con lo previsto en la base décima segunda.

 

Se apercibe a las empresas ganadoras a que concurran a la firma del Contrato, dentro del término de cinco días hábiles contados a partir del día de la notificación del fallo.

 

Así lo dictaminaron y proveyeron los integrantes del subcomité formado para la Licitación Simplificada No. LS-GEV/CGCS/0011/2002.”.

 

 

 

 

C.P. RODOLFO OLMOS BLANCO

TITULAR DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA  Y

PRESIDENTE DEL SUBCOMITE DE ADQUISICIONES


GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ

COORDINACIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL

UNIDAD ADMINISTRATIVA

 

OFICIO N° UA/2358/2002

ASUNTO: NOTIFICACIÓN DE FALLO

Xalapa, Ver., a 17 de octubre de 2002.

LIC. IGNACIO GARCIA LEYVA

Subdirector de Adquisiciones y Control

De Inventarios de la SEFIPLAN

P R E S E N T E

 

En cumplimiento a lo dispuesto en el Dictamen emitido por el Subcomité de Adquisiciones y Obras públicas de la Coordinación General de Comunicación Social para la Licitación Simplificada N° LS-GEV/CGCS/0011/2002, relativa a la “Contratación de Impresiones de Espectaculares y Parabuses” para esta Coordinación General, y con apego en lo dispuesto en el Articulo 47 Fracción V de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Administración de los Bienes Muebles del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz-Llave, me permito hacer de su conocimiento el fallo emitido por el referido Subcomité, cuyos resolutivos son los siguientes:

 

“Una vez evaluadas las ofertas técnicas y económicas de las empresas participantes, se determina lo siguiente:

 

En relación a la partida Nº 1:

 

A)       A la empresa VIMAC-XA, S.A. DE C.V., se le adjudica la partida 1 por un monto de $335,910.40 (Trescientos treinta y cinco mil novecientos diez pesos 40/100 M.N.) incluyendo el impuesto al valor agregado, en virtud de que su propuesta cumple satisfactoriamente con las especificaciones técnicas requeridas por la convocante mostrando calidad y experiencia en sus trabajos; presentando la oferta más conveniente para el interés del Estado.

 

B)      A la empresa MBF PUBLICIDAD, S.A. DE C.V., no se le adjudica las impresiones solicitadas en la partida 1 en virtud de que su propuesta no conviene al interés del estado debido a que su importe es de $425,040.00, incluyendo el impuesto al valor agregado. Se hace mención de que su propuesta técnica cumple con las especificaciones requeridas por la convocante, mostrando calidad y experiencia en sus trabajos presentados.

 

En relación a las partidas Nº 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11:

 

C)      A la empresa MBF PUBLICIDAD, S.A. DE C.V., se le adjudica las partidas 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 por un monto de $158,936.90 (Ciento cincuenta y ocho mil novecientos treinta y seis pesos 90/100 M.N.) incluyendo el impuesto al valor agregado, en virtud de que su propuesta cumple satisfactoriamente con las especificaciones técnicas requeridas por la convocante mostrando calidad y experiencia en sus trabajos; presentando la oferta más conveniente para el interés del Estado.

 

D)      A la empresa VIMAC-XA, S.A. DE C.V. no se le adjudica las impresiones solicitadas en las partidas 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 en virtud de que su propuesta no conviene al interés del estado debido a que su importe es de $497,950.91, incluyendo el impuesto al valor agregado. Se hace mención de que su propuesta técnica cumple con las especificaciones requeridas por la convocante, mostrando calidad y experiencia en sus trabajos presentados.

 

Las empresas ESPECTACULARES EXYME, S.A. DE C.V. y CENTRAL DE ACTIVOS PUBLICITARIOS, S.A. DE C.V. quedan descalificadas al no cumplir con los requisitos estipulados en las bases de la presente licitación, la primera al no haber presentado su propuesta económica de conformidad con lo dispuesto en la fracciones I y III de la base décima primera y la segunda al no presentar su propuesta económica en disco flexible de 3.5” de conformidad con lo previsto en la base décima segunda.

 

Se apercibe a las empresas ganadoras a que concurran a la firma del Contrato, dentro del término de cinco días hábiles contados a partir del día de la notificación del fallo.

 

Así lo dictaminaron y proveyeron los integrantes del subcomité formado para la Licitación Simplificada No. LS-GEV/CGCS/0011/2002.”.

 

 

 

 

C.P. RODOLFO OLMOS BLANCO

TITULAR DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA  Y

PRESIDENTE DEL SUBCOMITE DE ADQUISICIONES


GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ

COORDINACIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL

UNIDAD ADMINISTRATIVA

 

OFICIO N° UA/2359/2002

ASUNTO: NOTIFICACIÓN DE FALLO

Xalapa, Ver., a 17 de octubre de 2002.

C.P. RICARDO GARCIA GUZMÁN

Contralor General del Estado de Veracruz-Llave

P R E S E N T E

 

En cumplimiento a lo dispuesto en el Dictamen emitido por el Subcomité de Adquisiciones y Obras públicas de la Coordinación General de Comunicación Social para la Licitación Simplificada N° LS-GEV/CGCS/0011/2002, relativa a la “Contratación de Impresiones de Espectaculares y Parabuses” para esta Coordinación General, y con apego en lo dispuesto en el Articulo 47 Fracción V de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Administración de los Bienes Muebles del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz-Llave, me permito hacer de su conocimiento el fallo emitido por el referido Subcomité, cuyos resolutivos son los siguientes:

 

“Una vez evaluadas las ofertas técnicas y económicas de las empresas participantes, se determina lo siguiente:

 

En relación a la partida Nº 1:

 

A)       A la empresa VIMAC-XA, S.A. DE C.V., se le adjudica la partida 1 por un monto de $335,910.40 (Trescientos treinta y cinco mil novecientos diez pesos 40/100 M.N.) incluyendo el impuesto al valor agregado, en virtud de que su propuesta cumple satisfactoriamente con las especificaciones técnicas requeridas por la convocante mostrando calidad y experiencia en sus trabajos; presentando la oferta más conveniente para el interés del Estado.

 

B)      A la empresa MBF PUBLICIDAD, S.A. DE C.V., no se le adjudica las impresiones solicitadas en la partida 1 en virtud de que su propuesta no conviene al interés del estado debido a que su importe es de $425,040.00, incluyendo el impuesto al valor agregado. Se hace mención de que su propuesta técnica cumple con las especificaciones requeridas por la convocante, mostrando calidad y experiencia en sus trabajos presentados.

 

En relación a las partidas Nº 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11:

 

C)      A la empresa MBF PUBLICIDAD, S.A. DE C.V., se le adjudica las partidas 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 por un monto de $158,936.90 (Ciento cincuenta y ocho mil novecientos treinta y seis pesos 90/100 M.N.) incluyendo el impuesto al valor agregado, en virtud de que su propuesta cumple satisfactoriamente con las especificaciones técnicas requeridas por la convocante mostrando calidad y experiencia en sus trabajos; presentando la oferta más conveniente para el interés del Estado.

 

D)      A la empresa VIMAC-XA, S.A. DE C.V. no se le adjudica las impresiones solicitadas en las partidas 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 en virtud de que su propuesta no conviene al interés del estado debido a que su importe es de $497,950.91, incluyendo el impuesto al valor agregado. Se hace mención de que su propuesta técnica cumple con las especificaciones requeridas por la convocante, mostrando calidad y experiencia en sus trabajos presentados.

 

Las empresas ESPECTACULARES EXYME, S.A. DE C.V. y CENTRAL DE ACTIVOS PUBLICITARIOS, S.A. DE C.V. quedan descalificadas al no cumplir con los requisitos estipulados en las bases de la presente licitación, la primera al no haber presentado su propuesta económica de conformidad con lo dispuesto en la fracciones I y III de la base décima primera y la segunda al no presentar su propuesta económica en disco flexible de 3.5” de conformidad con lo previsto en la base décima segunda.

 

Se apercibe a las empresas ganadoras a que concurran a la firma del Contrato, dentro del término de cinco días hábiles contados a partir del día de la notificación del fallo.

 

Así lo dictaminaron y proveyeron los integrantes del subcomité formado para la Licitación Simplificada No. LS-GEV/CGCS/0011/2002.”.

 

 

 

 

C.P. RODOLFO OLMOS BLANCO

TITULAR DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA  Y

PRESIDENTE DEL SUBCOMITE DE ADQUISICIONES


GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ

COORDINACIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL

UNIDAD ADMINISTRATIVA

 

OFICIO N° UA/2357/2002

ASUNTO: NOTIFICACIÓN DE FALLO

Xalapa, Ver., a 17 de octubre de 2002.

 

LIC. JUAN AMIEVA HUERTA

Presidente del Comité de Adquisiciones y Obras Públicas

Del Gobierno del Estado de Veracruz-Llave

P R E S E N T E

 

En cumplimiento a lo dispuesto en el Dictamen emitido por el Subcomité de Adquisiciones y Obras públicas de la Coordinación General de Comunicación Social para la Licitación Simplificada N° LS-GEV/CGCS/0011/2002, relativa a la “Contratación de Impresiones de Espectaculares y Parabuses” para esta Coordinación General, y con apego en lo dispuesto en el Articulo 47 Fracción V de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Administración de los Bienes Muebles del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz-Llave, me permito hacer de su conocimiento el fallo emitido por el referido Subcomité, cuyos resolutivos son los siguientes:

 

“Una vez evaluadas las ofertas técnicas y económicas de las empresas participantes, se determina lo siguiente:

 

En relación a la partida Nº 1:

 

A)       A la empresa VIMAC-XA, S.A. DE C.V., se le adjudica la partida 1 por un monto de $335,910.40 (Trescientos treinta y cinco mil novecientos diez pesos 40/100 M.N.) incluyendo el impuesto al valor agregado, en virtud de que su propuesta cumple satisfactoriamente con las especificaciones técnicas requeridas por la convocante mostrando calidad y experiencia en sus trabajos; presentando la oferta más conveniente para el interés del Estado.

 

B)      A la empresa MBF PUBLICIDAD, S.A. DE C.V., no se le adjudica las impresiones solicitadas en la partida 1 en virtud de que su propuesta no conviene al interés del estado debido a que su importe es de $425,040.00, incluyendo el impuesto al valor agregado. Se hace mención de que su propuesta técnica cumple con las especificaciones requeridas por la convocante, mostrando calidad y experiencia en sus trabajos presentados.

 

En relación a las partidas Nº 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11:

 

C)      A la empresa MBF PUBLICIDAD, S.A. DE C.V., se le adjudica las partidas 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 por un monto de $158,936.90 (Ciento cincuenta y ocho mil novecientos treinta y seis pesos 90/100 M.N.) incluyendo el impuesto al valor agregado, en virtud de que su propuesta cumple satisfactoriamente con las especificaciones técnicas requeridas por la convocante mostrando calidad y experiencia en sus trabajos; presentando la oferta más conveniente para el interés del Estado.

 

D)      A la empresa VIMAC-XA, S.A. DE C.V. no se le adjudica las impresiones solicitadas en las partidas 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 en virtud de que su propuesta no conviene al interés del estado debido a que su importe es de $497,950.91, incluyendo el impuesto al valor agregado. Se hace mención de que su propuesta técnica cumple con las especificaciones requeridas por la convocante, mostrando calidad y experiencia en sus trabajos presentados.

 

Las empresas ESPECTACULARES EXYME, S.A. DE C.V. y CENTRAL DE ACTIVOS PUBLICITARIOS, S.A. DE C.V. quedan descalificadas al no cumplir con los requisitos estipulados en las bases de la presente licitación, la primera al no haber presentado su propuesta económica de conformidad con lo dispuesto en la fracciones I y III de la base décima primera y la segunda al no presentar su propuesta económica en disco flexible de 3.5” de conformidad con lo previsto en la base décima segunda.

 

Se apercibe a las empresas ganadoras a que concurran a la firma del Contrato, dentro del término de cinco días hábiles contados a partir del día de la notificación del fallo.

 

Así lo dictaminaron y proveyeron los integrantes del subcomité formado para la Licitación Simplificada No. LS-GEV/CGCS/0011/2002.”.

 

 

C.P. RODOLFO OLMOS BLANCO

TITULAR DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA  Y

PRESIDENTE DEL SUBCOMITE DE ADQUISICIONES